Protección de datos (LOPD/LSSICE/RGPD)

Soy autónomo, ¿Tengo que cumplir con la LOPD?

La respuesta en la mayoría de casos es clara, SI.

Es importante recordar que la LOPD tiene por objeto proteger los datos personales de las personas físicas, no jurídicas, por lo que en el caso de los autónomos nos podemos encontrar ante uno de estos escenarios:

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  • Autónomo administrador de una sociedad: en este caso, el autónomo como persona física no deberá cumplir con la LOPD, pero si lo tendrá que hacer la sociedad que administra en el momento que gestione datos personales de clientes, proveedores y/o trabajadores.
  • Autónomo con actividad empresarial y personal a cargo: tendrá que cumplir con las prescripciones derivadas de la LOPD al tratar datos de sus trabajadores, además de los que pueda disponer de sus clientes/proveedores para llevar a cabo su actividad.
  • Autónomo con actividad empresarial sin personal a cargo: en este caso se tendrán que analizar los datos tratados en su actividad (clientes, proveedores, etc.) para determinar si constituyen como tal un fichero (tipología de datos tratados). En este escenario, en algún caso concreto, podría no estar afectado por la LOPD, pero en el momento que uno de sus clientes o proveedores, por ejemplo, sea una persona física, ya tendrá la obligación de cumplir con la normativa.

¿Qué tengo que hacer para cumplir con la LOPD?

A grandes rasgos, y sin entrar al detalle de casos concretos, los trámites que deberemos llevar a cabo para cumplir con la LOPD serán:

  1. Registrar los correspondientes ficheros a la Agencia de Protección de Datos.
  2. Disponer de un documento de seguridad, anexos y los protocolos correspondientes.
  3. Incluir avisos legales de información y consentimiento (facturas, albaranes, mail, web).
  4. Tener firmados los acuerdos correspondientes con encargados de tratamiento de datos.
  5. Disponer de compromisos de confidencialidad para los trabajadores.
  6. Implementar las medidas técnicas y organizativas que establece el Reglamento.
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Además de la LOPD, los autónomos que realicen actividades económicas (directas o indirectas) por Internet u otros medios telemáticos deberán cumplir con los requisitos que establece la LSSICE (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico)

Esto es especialmente relevante para las tiendas online (e-commerce).

Servicio de cláusulas y avisos legales que ofrece Asesoría Siro para su página web:

Cláusulas web

“Obtenga todas las cláusulas que necesita incorporar en su página web para estar cubierto en materia de protección de datos y ley de Internet”

Tienda online

“Cubra su actividad de comercio online con todas las condiciones generales de contratación obligatorias”

Multiweb

“Si tiene más de una web con venta online le facilitamos cláusulas y documentación personalizada para cada una de ellas”

Newsletter

“Le indicamos como proceder al envío de correos comerciales para cumplir con la normativa”

¿Por qué me interesa cumplir con la LOPD si soy autónomo?

Podríamos destacar tres motivos por los que el autónomo debe cumplir con la Ley de Protección de Datos, además de porque es una normativa de obligado cumplimiento desde hace años:

  1. Para asegurar la confianza del cliente. Si el cliente sabe que cumplimos con la LOPD tendrá más garantías de que haremos un buen uso de sus datos y por lo tanto, fidelizaremos.
  2. Para garantizar que gestionamos correctamente los datos que tratamos en nuestra actividad y aplicamos las normas que establece la Ley.
  3. Para evitar posibles denuncias de terceros que puedan acarrear inspecciones y elevadas sanciones.
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