Ventajas e inconvenientes de ser autónomo o sociedad

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En el anterior post, introdujimos las principales diferencias entre constituirse como autónomo o sociedad limitada, con este post queremos concluir este tema enumerando claramente las ventajas e inconvenientes de ambas figuras. Nuestro objetivo es facilitarte toda la información necesaria para que puedas decidir que figura te resulta más beneficiosa.

Constituirse como empresario individual:

  • Ventajas:

– Es la manera más rápida, sencilla y económica de dar de alta un negocio.

– No requiere un proceso previo de constitución.

– Puedes beneficiarte de la bonificación de la cuota de la Seguridad Social durante 18 o 30 meses.

– Es la figura que requiere menos gestiones y trámites legales, y los costes de asesoramiento son mucho más baratos que los de una sociedad.

– No requiere desembolsar legalmente un capital mínimo.

– El emprendedor tiene el control total de la empresa.

  • Inconvenientes:

– La responsabilidad es ilimitada, y por lo tanto, el empresario responde con todo su patrimonio tanto empresarial como personal, además si el empresario está casado en régimen de gananciales, la responsabilidad puede también alcanzar al patrimonio personal del cónyuge.

– No se puede contratar a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, sino que deben darse de alta también como autónomos.

– Las sociedades suelen ofrecer una imagen más profesional que el autónomo frente a los distintos agentes del mercado: bancos, clientes, proveedores…

– Si los beneficios son elevados se tributa en un tramo superior de IRPF, y por lo tanto la carga fiscal es mayor que en una sociedad.

– Si tu cliente objetivo es la Administración Pública, debes saber que los concursos de licitación están restringidos a las sociedades.

Constituirse como sociedad limitada

  • Ventajas:

– Si el negocio genera un considerable nivel de beneficios, por encima de 45.000 euros anuales, con una sociedad la carga fiscal es inferior.

– Con una sociedad se protegerá el patrimonio personal ante posibles situaciones de insolvencia.

– Las sociedades transmiten una imagen de permanencia que suele generar más confianza a los bancos, clientes y proveedores.

– Las sociedades disfrutan de mayores beneficios a la hora de acceder a financiación y subvenciones.

  • Inconvenientes:

– Se exige un capital mínimo para su constitución de 3.000 euros.

– Los trámites de constitución resultan más costosos y complejos.

– Hay mayores obligaciones contables y fiscales.

– El control total sobre la empresa disminuye.

CONCLUSIÓN:

Generalmente aconsejo que si el negocio se inicia de forma unipersonal, es recomendable empezar como autónomo y aprovechar la actual tarifa reducida de la cuota de la Seguridad Social. Cuando la empresa se encuentre consolidada y genere considerables beneficios, entonces sería beneficioso constituir una sociedad limitada para proteger de este modo el patrimonio personal y ofrecer una imagen más profesional al mercado.

No obstante, en Asesoría Siro analizamos cada caso de forma personalizada y recomendamos la figura más beneficiosa para el emprendedor.

“La emoción de ganar debe ser mayor al miedo de perder”

Robert Kiyosaki

Acerca de Laura Sillo Rodríguez

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